Cómo Instalar un Cargador de Carro Eléctrico en un Conjunto Residencial

Cómo Instalar un Cargador de Carro Eléctrico en un Conjunto Residencial en Bogotá

1 de julio de 2026  |  Movilidad eléctrica  |  9 min de lectura  |  Golux Soluciones Eléctricas

Vives en conjunto o edificio y quieres instalar un cargador para tu carro eléctrico en el parqueadero. Antes de llamar al electricista, hay un paso previo: la autorización de la copropiedad. Te explicamos cómo funciona el proceso en Bogotá.

La mayoría de bogotanos vive en propiedad horizontal, así que la pregunta más común que recibimos no es solo "¿cuánto cuesta el cargador?" sino "¿puedo instalarlo en mi parqueadero del conjunto?". La respuesta es sí, pero con un proceso previo que conviene conocer para evitar demoras.

El principio básico: se puede, pero se necesita autorización

Instalar un cargador en zonas comunes o en un parqueadero privado dentro de un conjunto residencial requiere autorización de la asamblea de copropietarios. Esto aplica aunque el parqueadero sea de tu propiedad exclusiva, porque la instalación involucra tender cableado que puede pasar por zonas comunes (ductos, cuartos técnicos, muros compartidos) y porque afecta la carga eléctrica general del edificio.

La copropiedad no está obligada a financiar la infraestructura: el propietario del vehículo asume los costos de instalación, adecuaciones técnicas necesarias, mantenimiento del punto de carga y el consumo de energía que genere. Lo que sí puede exigir la administración es que el proyecto se ejecute conforme a norma técnica y sin afectar la capacidad eléctrica del resto del edificio.

Paso a paso del proceso

1. Visita técnica preliminar

Antes de solicitar nada a la administración, conviene tener una visita técnica que determine: dónde está el punto de carga que quieres, qué tan lejos está del tablero de tu apartamento o del punto de conexión disponible, y si la acometida individual soporta la carga adicional.

2. Memoria técnica

Con esa información, se prepara una memoria técnica: un documento que explica el proyecto (ubicación del cargador, potencia, recorrido del cableado, protecciones a instalar) que la mayoría de administraciones exige para evaluar la solicitud. Este documento le da a la asamblea información concreta para decidir, en lugar de aprobar "a ciegas".

3. Solicitud formal a la administración

Se radica la solicitud con la memoria técnica adjunta. Dependiendo del reglamento interno del conjunto, la aprobación puede quedar en manos del consejo de administración directamente, o requerir aprobación en asamblea general (ordinaria o extraordinaria), lo que puede implicar esperar la próxima reunión programada.

4. Aprobación y condiciones

La copropiedad puede aprobar con condiciones específicas: por ejemplo, que el cableado quede oculto en ductería propia, que se instale un medidor individual para cobrar el consumo exacto, o que el trabajo lo certifique un electricista con matrícula CONTE. Es normal y esperable.

5. Instalación

Una vez aprobado, se ejecuta la instalación: circuito dedicado desde el punto de conexión asignado, cableado con el calibre correcto, protecciones, puesta a tierra propia y montaje del wallbox. Todo debe cumplir el RETIE y la NTC 2050, igual que en una vivienda unifamiliar.

¿Quién paga el consumo de energía?

Este es uno de los puntos que más genera dudas. Hay dos esquemas comunes:

  • Conexión al medidor individual del apartamento: si el parqueadero está en el mismo circuito que tu unidad, el consumo se refleja directamente en tu factura de energía. Es el esquema más simple cuando es técnicamente viable.
  • Submedidor dedicado: si el punto de carga se conecta a un circuito distinto (por ejemplo, alimentado desde zonas comunes), se instala un medidor independiente para el cargador, y ese consumo se factura aparte al propietario, evitando que se mezcle con el consumo de las áreas comunes del conjunto.

Errores comunes que retrasan la aprobación

  • Pedir autorización sin memoria técnica: la asamblea o el consejo no tiene información suficiente para decidir y termina aplazando la respuesta.
  • No indicar cómo se medirá el consumo: genera desconfianza de que el gasto termine repartido entre todos los copropietarios.
  • Subestimar la capacidad eléctrica disponible: si varios propietarios quieren instalar cargadores al mismo tiempo, la administración puede pedir un estudio de carga general del edificio antes de aprobar instalaciones individuales.
  • No contemplar la ruta del cableado: proyectos que requieren romper zonas comunes sin autorización previa de esa intervención específica.
Recomendación: si en tu conjunto ya hay o se espera que haya varios vehículos eléctricos, vale la pena proponerle a la administración un estudio de infraestructura de carga para todo el edificio, en lugar de resolver instalación por instalación. Esto evita sorpresas de capacidad más adelante y puede facilitar la aprobación de futuras solicitudes.

¿Y si vivo en arriendo?

Si arriendas el apartamento, necesitas además el consentimiento del propietario del inmueble, ya que la instalación queda fija en la propiedad. Es un tema que conviene resolver por escrito antes de iniciar cualquier trámite ante la copropiedad.

Resumen del proceso

  1. Visita técnica para definir ubicación y viabilidad.
  2. Preparación de la memoria técnica.
  3. Solicitud formal a la administración o consejo.
  4. Aprobación (consejo de administración o asamblea, según reglamento).
  5. Instalación certificada bajo RETIE.

En Golux Soluciones Eléctricas acompañamos este proceso completo: hacemos la visita técnica, preparamos la memoria técnica que necesita tu administración, y ejecutamos la instalación una vez aprobada. Trabajamos en conjuntos residenciales de Bogotá, Chía, Cajicá y Zipaquirá.

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Te ayudamos con la visita técnica y el documento que pide la administración para autorizar tu cargador.

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